El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Santoña aprobó el pasado 29 de diciembre la Ordenanza Municipal de Accesibilidad de Edificios, que tenía por objeto la regulación de las obras de ejecución de ascensores en edificios colectivos de uso residencial. Dicha ordenanza se publicó en el BOC el día 16 de Enero.
El Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Cantabria presentó recurso Contencioso-Administrativo directo contra la citada Ordenanza solicitando la anulación de dos artículos que restringían las competencias de los arquitectos técnicos para redactar estudios de viabilidad y proyectos de obras de ascensor, en tanto que la Ordenanza reservaba dicha posibilidad a los Arquitectos.
En el recurso se argumentaba que la Ordenanza vulneraba la normativa sobre atribuciones profesionales para redacción de estos proyectos y concretamente la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación y la Ley 12/1986, de Atribuciones de los Arquitectos Técnicos, así como la Jurisprudencia que otorga a los Arquitectos Técnicos atribuciones al respecto.
Tanto el Ayuntamiento de Santoña como el Colegio de Arquitectos de Cantabria, que compareció en calidad de codemandado, se allanaron a la demanda, habiéndose dictado Sentencia por la Sala en fecha 26 de Julio, anulando los artículos 10 y 12 de la Ordenanza. El Ayuntamiento de Santoña ha iniciado los trámites de modificación de la Ordenanza en los términos solicitados por el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.